Ángel Maza López
De
acuerdo a los documentos que relatan la historia de la humanidad, la primera
etapa de la vida del hombre ha sido identificada como comunidad primitiva, donde
no existió el derecho en ninguna de sus formas, todo se regulaba de acuerdo a
la moral y la costumbre. Con relación a las personas que causaban un mal a otro
ser humano, el ofendido recurrió a la venganza para hacer prevalecer sus
derechos. La venganza se asumió inicialmente de forma individual y luego de
manera colectiva.
Con
el devenir del tiempo, y debido al desarrollo de las creencias religiosas se
incorpora a las costumbres primitivas ideas sobrenaturales, de tal manera que
quien ejecutaba un acto contrario a las buenas costumbres ofendía la divinidad,
y para evitar la reacción negativa de los dioses, realizaban actos de
sacrificio.
Con respecto al surgimiento de las leyes, Platón
escribió: “el género humano ha sido destruido muchas veces por diluvios,
enfermedades y otros accidentes semejantes, de que solo se pudieron salvar muy
pocas personas, perdiéndose no solo la cultura, sino las tradiciones y por lo
mismo la legislación de esas civilizaciones, y conservándose únicamente la
tradición oral… De ahí que, las primeras manifestaciones del derecho han sido
la tradición oral, la costumbre, la norma de tradición que luego se concreta en
ley escrita. Las leyes resultaron, en esos tiempos primitivos, de los usos y
costumbres y del examen de los representantes de las familias o clanes sobre
esos usos, quienes luego de examinar lo más conveniente “debieron proponerlos a
los jefes del clan y jefes de familias[1].
Al surgir la escritura, la costumbre es remplazada
por la ley pero sin olvidar en su totalidad elementos característicos de la
primera que constituyó en sus inicios la fuente principal del derecho. Cabe destacar asimismo
que en sus inicios, no existió distinción entre derecho civil y derecho penal.
Además
de la costumbre como elemento fundamental inicial en el surgimiento del
derecho, también cabe anotar y más precisamente en el surgimiento del derecho
penal la acción de venganza, que como se dijo era una reacción en contra de
quien ejecutaba un mal. Al respecto Luigi Ferrajoli manifiesta que históricamente,
“el derecho penal nace no como
desarrollo, sino como negación de la venganza; no en continuidad, sino en
discontinuidad y conflicto con ella. Y se justifica no con el fin de
garantizarla, sino con el de impedirla… En este sentido bien se puede decir que
la historia del derecho penal y de la pena corresponde a la historia de una
larga lucha contra la venganza. El primer paso de esta historia se produce
cuando se regula como derecho-deber privado, incumbente a la parte ofendida y a
su grupo de parentesco según los principios de la venganza de la sangre y la
regla del talión. El segundo paso, bastante más decisivo, tiene lugar cuando se
produce una disociación entre juez y parte ofendida, y la justicia privada –las
represalias, los duelos, los linchamientos, las ejecuciones sumarias, los
ajustes de cuentas- no sólo se jeda sin tutela sino que se prohíbe”[2]. En consecuencia, el derecho
penal nace (a criterio del tratadista) cuando la relación bilateral parte
ofendida / ofensor es sustituida por una relación trilateral donde interviene una
autoridad judicial.
[1] PLATÓN. “Las Leyes” Libro III. Consultado
el 25 de octubre de 2011. Disponible en: http://www.filosofia.org/cla/pla/img/azf09145.pdf
[2]
FERRAJOLI, Luigi. “Derecho y Razón. Teoría del Garantismo Penal”. Editorial
Trotta S.A. Madrid, 1995. Pág. 333
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